
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso, a través de la comunicación "A" 4839 que con vigencia a partir del 09/09/08, las entidades financieras otorgarán el cumplido de permisos de embarque en operaciones que muestren como ventaja aduanera "EXPONOTITONEROSO" siempre que no generen un contravalor en divisas, cuando se cumplan determinadas condiciones y el cliente presente la documentación detallada para cada caso en particular.
Las operaciones comprendidas son las siguientes:
1) Exportaciones por devolución de bienes al propietario del exterior, que fueron previamente importados al país.
2) Operaciones que correspondan a bienes enviados en reemplazo de bienes defectuosos oportunamente exportados y amparados por contratos de garantía, sin reimportación de las mercadería defectuosa.
3) Envíos de residuos peligrosos para su destrucción en el exterior, donde además figure la ventaja aduanera "RESIDUOPELIG".
4) Casos no contemplados en los puntos anteriores, en la medida que el valor FOB declarado no supere el equivalente de U$S 10.000.- en cada permiso de embarque o U$S 100.000.- por año calendario en el conjunto de las entidades financieras.
En caso de utilizar esta modalidad, la entidad financiera deberá informar a la Subgerencia de Regulaciones Cambiarias, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes de otorgado el cumplido de embarque, las características de las operaciones involucradas.
Otros casos deberán ser consultados al BCRA por la entidad a cargo del seguimiento de los permisos de embarque, indicando los datos solicitados por el mismo en la comunicación.
- Para ver la comunicación "A" 4839 del BCRA, click aquí
- Para mayor información, comuníquense con el 0800-777-3777 ó con el oficial de Comercio Exterior de su sucursal.