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21 | 05 | 2012  


 

Comunicaci�n 5126

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha dispuesto, a través de la Comunicación “A” 5126 con vigencia a partir del 22/09/2010 inclusive, reemplazar los siguientes puntos del anexo de la Com. “A” 5085:

  • Se prorroga hasta el 28/02/2011, la compra de divisas para la formación de activos externos para su posterior aplicación a destinos específicos y las compras de empresas residentes en el país de divisas sin límite de monto para la realización de inversiones directas en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros. El vencimiento anterior era el 31/08/2010.

  • En las operaciones que superen los Dls. 20.000, la venta deberá efectuarse con débito "a una cuenta a la vista abierta en entidades financieras a nombre del cliente", en lugar de "en cuentas bancarias a la vista".

  • Para el cálculo de los límites de operaciones diferentes al dólar se computarán los pesos liquidados por cada operación al tipo de cambio de referencia del día hábil bancario inmediato anterior al que se efectuó cada operación; y no al tipo de cambio de referencia del día inmediato anterior de la nueva operación.

-> Para acceder a la normativa actualizada, haga clic aquí.

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